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Magallanes

Corte de Punta Arenas ordena pago completo de indemnización a víctima de violaciones a los derechos humanos

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La Corte de Apelaciones de Punta Arenas resolvió de manera unánime acoger el recurso de protección presentado en representación de Carlos Enrique Speake Vidal, ordenando a la Tesorería Regional de Magallanes pagar la suma íntegra de $60.000.000 como indemnización por daño moral, derivada de su detención ilegal y torturas a manos de agentes del Estado tras el 11 de septiembre de 1973.

En fallo unánime (causa rol 626-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –compuesta por los ministros Caroline Turner González, Juan Villa Martínez y el fiscal judicial Pablo Mino Barrera– declaró ilegal y arbitraria la decisión de la Tesorería Regional de descontar $19.470.946 de la indemnización, bajo el argumento de deudas previas del recurrente con el fisco.

El fallo establece que los montos otorgados por concepto de daño moral no pueden ser compensados como si fueran tributos insolutos. Citando jurisprudencia de la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, el tribunal sostuvo que la normativa sobre compensación tributaria tiene un ámbito de aplicación exclusivo al ámbito fiscal y no puede extenderse a indemnizaciones civiles por actos de violencia o violaciones a derechos humanos.

Además, la resolución subraya que la compensación aplicada por la Tesorería Regional violó la garantía constitucional consagrada en el numeral 24 del artículo 19 de la Constitución, al impedir que el recurrente accediera a los montos ordenados por sentencia en el proceso Rol C-1028-2023 del Primer Juzgado Civil de Punta Arenas.

El tribunal también destacó que este incumplimiento contradice los compromisos internacionales asumidos por el Estado de Chile en materia de derechos humanos, particularmente en cuanto a la reparación a las víctimas de violaciones graves.

Por tanto, la sentencia concluye que:
“Se acoge el recurso de protección deducido por Pablo Bussenius Cornejo, en representación de Carlos Enrique Speake Vidal, en contra de la Tesorería Regional de Magallanes, debiendo enterar esta institución la totalidad de los dineros al recurrente, de acuerdo con lo instruido en su oportunidad por el Ministerio de Justicia”.

Este fallo representa un avance en la protección de las garantías constitucionales y refuerza el principio de reparación integral para las víctimas de violaciones a los derechos humanos.

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