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Comunicado de Prensa

Comenzó proceso de regularización contemplado en la nueva ley de Migración y Extranjería

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La ley N° 21.325, de Migración y Extranjería dispone un proceso de Regularización Extraordinaria que se inicia una vez que la normativa sea publicada en el Diario Oficial. Para informar sobre los alcances del proceso que será 100% online, la intendenta Jenniffer Rojas, se refirió a la materia.

“El Presidente Sebastián Piñera promulgó la semana pasada la nueva ley de Migraciones y Extranjería, luego de una tramitación de 8 años. Esta nueva normativa busca que el proceso de ingreso a Chile con fines de residencia sea transparentado y ordenado, así como se regularice la situación de quienes no lo están actualmente”, manifestó la primera autoridad regional.

En este sentido, llamó a las personas extranjeras que no se encuentran regulares en el país, a informarse y cumplir con las diligencias estipuladas en la norma.

¿Quiénes pueden postular a la regularización?

  1. Ingresos regulares con visa vencida:

Los extranjeros que hubiesen ingresado al país por pasos habilitados con anterioridad al 18 de marzo de 2020 y se encuentren en situación migratoria irregular podrán, dentro del plazo de 180 días contados a partir de la publicación de la presente ley, solicitar un visado de residencia temporal sin ser sancionados administrativamente. Se otorgará el visado solicitado a todos aquellos que no tengan antecedentes penales. Una vez ingresada la solicitud, se les concederá un permiso temporal por un año para la realización de actividades remuneradas durante el tiempo que demore su tramitación.

Quienes hayan ingresado después del 18 de marzo de 2020, también de manera regular y que es un grupo específico de personas (menos de 2.000 ingresaron como turista en los meses siguientes) dado el escenario de cierre de fronteras por la pandemia, y se les venció la visa, podrán pagar la multa de manera digital y solicitar un nuevo documento en el marco de los procesos normales dispuestos por la ley (no como parte del proceso extraordinario).

La visa se solicita a través del portal del Departamento de Extranjería, y es 100% digital.

  1. Ingresos clandestinos:

La misma disposición establece que se autoriza el egreso del territorio nacional de aquellos extranjeros que hubiesen ingresado al país por pasos no habilitados, dentro del plazo de 180 días contados a partir de la publicación de la presente ley, no aplicándose sanción ni prohibición de ingreso al país. De esta forma y posterior a su salida, podrán ingresar al país o solicitar residencia temporal en cualquier consulado de Chile en el exterior.

Sin embargo, no podrán salir de Chile, los extranjeros que tengan una medida de arraigo judicial o por alguna disposición cautelar de prohibición de salida.

Con esta “ventana” u opción se busca desincentivar el ingreso clandestino al país, que fomenta el tráfico de personas y pone en riesgo la vida de quienes inician esa aventura, al no generar expectativas de que se entregan visas en Chile a quien ingrese clandestinamente. Además la posibilidad de estas personas de insertase en Chile es muy difícil al no contar con documentos que les permitan desenvolverse en la sociedad.

Proceso de regularización para menores de 18 años, se requiere pasaporte vigente al momento de postular, certificado de nacimiento (legalizado o apostillado según corresponda), declaración jurada (notarial) de cuidado de expensas o tutoría del menor, tarjeta de turismo o estampado de la última visa.

Claves de la nueva Ley de Migraciones

Después de 8 años de tramitación, se promulgó la nueva ley de Migraciones, reemplazando la actual normativa de 1975. La nueva ley se basa en cuatro puntos principales.

  • La creación de una nueva institucionalidad, el Servicio Nacional y sus Direcciones Regionales, y la obligación de proponer una Política Migratoria integral.
  • Sincerar las razones por las cuales se viene al país, de manera que quienes ingresen con intenciones de vivir a Chile, pidan visa en sus países para llegar con RUT a Chile. A su vez, existe un catálogo flexible de visas, que permite un adecuado control y regularidad de la migración, y planificar con los gobiernos locales su integración.
  • Pasar de una Ley de Extranjería a una Ley de Migraciones, donde el Estado promoverá los derechos de los extranjeros, así como también sus deberes y obligaciones.
  • Facilitar la expulsión administrativa para desincentivar el uso de pasos no habilitados.

El objetivo del Servicio es tener una institucionalidad que vea la migración desde una perspectiva integral considerando la realidad local a través de las Direcciones Regionales, y una Dirección Nacional enfocada en lo operacional, que analiza visas solicitadas en Chile y en el extranjero, y con un sistema automatizado de solicitudes de prórrogas de visa y permanencias definitivas. De esta manera, se genera un sistema donde el migrante solicita su visa consular, entra a Chile con visa y RUT, facilitando su inserción e integración y mejorando la relación entre nacionales y extranjeros.

Con ello, se deja atrás el mecanismo de turistas con intenciones laborales y una migración descontrolada, y se genera un proceso migratorio seguro, ordenado y regular.

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