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Magallanes

La defensa penal a víctimas de un delito: La otra forma de llevar un caso

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Es común que, ante casos de impacto social como los recientes asesinatos y violaciones, u otros delitos violentos conocidos mediáticamente, surja como inquietud generalizada el exigir justicia. El asunto está en que la justicia es algo etéreo, ideal, pero es un concepto que varía según el individuo, y del cual se desconoce a qué concretamente se refiere una persona cuando exige justicia.

Para algunos, justicia será “secar en la cárcel” a una persona. Para otros, la reparación económica. Para los políticos, a reformas legales que busquen modificar el estatuto legal. Para quién más, quién menos, la reparación pasa porque el Estado se haga cargo de acompañar, en el proceso de recuperación a la víctima, con todos los medios humanos, técnicos y materiales posibles.

En tanto, para la Justicia -como se les denomina comúnmente a los tribunales- ésta se encontrará en que la decisión que se tome sea conforme al procedimiento y las leyes, sin mayor análisis a si realmente el trabajo desde el Derecho se concreta en soluciones a los conflictos entre las personas, y menos, en cuanto a lo que a reparación a la persona y a la comunidad se refiere.

Así entonces, el acompañar a la víctima en un proceso judicial, penal o de otro orden, implica pedir lo que esa persona necesita, y, además, estar conscientes que esa persona ya ha sido perjudicada por una acción u omisión de un tercero. La idea es que el proceso judicial, y todo lo que ello conlleva (citaciones, pedir o entregar información personalmente, ir a tribunales, demandar o querellar, someterse a una serie de trámites anexos, etc.), no termine por vulnerar o acrecentar el daño sufrido, lo que se ha denominado como la Victimización Secundaria.

Para abarcar esta defensa y no incurrir en esa figura, en #DefensorasPuq se ha ido buscando herramientas personales y técnicas para ello: abarcar la mayor cantidad de trámites anexos al proceso, evitar la dinámica del goteo documental (pedir documentos e información una y otra y otra vez), cubrir las aflicciones emocionales o sicológicas asociadas, entre otras.  En este último sentido, como novedad, el estudio jurídico se ha asociado a profesionales de la Psicología, a fin de dar una mejor atención a sus representadas y representados.

En este sentido, esencial resulta saber que el derecho a información, acompañamiento y defensa jurídica de una persona en tribunales existe también para las víctimas, de lo que se hacen cargo una serie de entidades públicas, estatales, que cubren diversos procesos penales, de familia y otros. Ministerio Público (Fiscalía), Corporación de Asistencia Judicial, y respecto a cierto tipo de víctimas, cobran relevancia también el Instituto Nacional de Derechos Humanos e incluso la Defensoría Penal Pública, por mencionar algunos.

Sin perjuicio de lo anterior, existirán diversos casos en que la persona puede no querer dicha asistencia jurídica estatal, o no ser posible ésta (por distintas razones: condición económica, ilícito de que fue víctima, por no ser la línea de acción de la entidad, por no poder la entidad pública tramitar a la vez un asunto de índole penal y civil -es posible pedir indemnización económica en ese mismo proceso-, etc.), y en todos esos casos, las personas igualmente son libres de decidir ser defendido por abogados o abogadas particulares, como los de #DefensorasPuq.

Para quienes deseen obtener mayor información pueden comunicarse al correo defensoraspuq@gmail.com o por Whatsapp al número +569 3560 8522.

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