Instituciones
Presentan iniciativa que impediría la prohibición de tener mascotas en departamentos
Una modificación al proyecto de ley de Copropiedad Inmobiliaria que desestima la prohibición de tenencia de mascotas y animales de compañía en las viviendas y condominios, es la que presentó ayer (11 de abril) el ministro Cristián Monckeberg junto con el subsecretario de Desarrollo Regional, Felipe Salaberry, durante una actividad realizada en Santiago. En simples términos, la iniciativa busca evitar que en cláusulas de arrendamientos aparezcan frases como: “No se aceptan mascotas”.
El titular de Vivienda y Urbanismo explicó que la indicación propone que el reglamento de copropiedad no pueda prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía por parte de copropietarios, arrendatarios u ocupantes del condominio, dentro de las respectivas viviendas. Eso sí –afirmó-, el reglamento podrá establecer limitaciones y restricciones respecto al uso de los bienes comunes por parte de dichos animales.
“Estamos proponiendo una indicación a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria —que en este minuto se está modificando en el Congreso— y, en términos simples, señala que no se va a poder prohibir, por reglamento, el tener una mascota en un edificio o condominio; lo que sí se va a poder hacer es que en el espacio público se va a poder reglamentar el uso de ese espacio para que convivan, como corresponde, los vecinos, propietarios junto con sus mascotas”, indicó el ministro.
“No se puede prohibir que un propietario, arrendatario u ocupante, tenga su mascota en el departamento o en su casa, pero sí puedo regular su buen uso en los espacios públicos. Por ejemplo, si es un animal que tiene características un poco más peligrosas, debe ocupar un bozal, y preocuparse de los desechos de los animales, recogerlos y no dejarlos en los espacios comunes”, añadió el titular del Minvu.
A nivel local, el secretario regional ministerial de Vivienda y Urbanismo, José Miguel Horcos, explicó que, la medida además regula el uso de espacios compartidos, cuestión necesaria a la hora de velar por la convivencia entre vecinos de una comunidad, por ejemplo, algo tan básico como levantar los desechos de los animales.
“Esta normativa permite que los arrendatarios o propietarios puedan vivir con sus respectivas mascotas, pero normar el buen uso de los espacios comunes”, materia que de ser aprobada evitaría que se prohíba por reglamento o contrato la tenencia de animalitos en las casas o departamentos.
La indicación –que ahora será discutida en el Senado con el proyecto de ley– acoge lo que ya señala la Ley 21.020 de Tenencia Responsable de Animales de Compañía, donde en dos artículos (10 y 12) señalan la obligatoriedad del responsable de una mascota de mantenerlo en su domicilio o lugar destinado a su cuidado, y la prohibición el abandono de animales.
Cabe señalar que, a nivel nacional, de los 600 mil animales inscritos en el registro nacional, 42 mil mascotas habitan en departamentos.