Connect with us

Magallanes

¡Nadie está libre!: Cuando se transgrede la propiedad del otro

Published

on

Vivimos en una sociedad cada vez más empoderada, donde los intentos por hacer valer los derechos de cada persona, no nos permiten caer en cuenta que, en ocasiones, se transgreden los del otro.

Es así que, a veces sin saberlo, hay quienes podrían verse envueltos en una situación judicial, no sólo como víctima, sino incluso como quien comete un delito.

Acciones tan cotidianas como comprar un artículo por Internet o en locales no establecidos, ir al supermercado y no usar un carro para transportar sus enseres, consumir productos al interior de un supermercado, o acceder a una buena ‘promoción’ en un sitio web desconocido, pueden llevar a que usted termine involucrado en una situación judicial desagradable, cometiendo un delito o siendo víctima de uno.

En esta edición de ¡Nadie está libre!, le explicaremos cuáles son los delitos contra la propiedad, los que a veces, por ser desconocidos para las personas, ocurren con mayor frecuencia de lo habitual.

Delitos contra la propiedad
Este tipo de ilícitos incluyen los hurtos, robos, estafas, receptación, abigeatos, apropiación indebida, entre otros menos frecuentes, pero en los cuales se atenta contra la propiedad del prójimo.

Dentro de los más comunes, se encuentran el hurto y el robo, que usualmente se confunden, pero que son cosas distintas.

La más importante es que en el hurto no existe ningún tipo de fuerza, violencia o intimidación a la hora de querer apoderarse de un bien ajeno, mientras que en el robo, sí.

En este contexto, está el caso en que una persona va al supermercado, y se expone a cometer un eventual delito de hurto, aun sin darse cuenta. “A partir del momento en que se elimina el uso de bolsas plásticas, la gente se lleva las cosas en las manos, o las pone en los bolsillos, en la mochila o en lo que ande trayendo. Pasa mucho que la gente va con su bolsa reciclable y empieza a llenarla con cosas antes de pagar. Y hay casos en que, o por confusión u olvido, se pasa la línea de la caja sin pagar alguna de las cosas. En esos casos, aun así, la persona se expone y peligra ser detenida por los guardias, lo dejen en una oficina aparte, se llame a Carabineros, les revisen sus cosas y hasta los mantengan detenidos hasta ir al Tribunal”, explica la abogada, Karina Ulloa.

Su colega, Fernanda Martínez, agrega que “para que se configure un hurto, debe existir un elemento que es subjetivo, y que se trata de ‘querer’ apropiarse de un bien ajeno. Si existe o no este elemento, es un asunto de prueba”, explicando que será labor de la fiscalía el probar que la persona ‘tenía la intención’ de cometer ese delito.
Sin embargo, las profesionales son claras en explicar que “pese a haber habido un olvido o una confusión, la persona igual podría pasar una noche privada de libertad por algo así”.

El hurto también se configuraría cuando una persona encuentra un elemento en la calle (billetera o celular, por ejemplo), y se queda con él, sin dar aviso a la respectiva institución ni buscar al dueño para devolverlo. En este caso, se trataría de un ‘hurto de hallazgo’.

En el caso del delito de robo, el mismo tiene diversos tipos: ‘robo por sorpresa’, ‘robo con violencia e intimidación’, ‘robo en lugar habitado’, ‘robo en lugar no habitado’, ‘robo en bien nacional de uso público’; y los más graves, ‘robo con violación’ y ‘robo con homicidio’.

Sanciones
La última gran modificación al Código Penal derivó en la llamada Segunda Agenda Corta Antidelincuencia del 2016, que estableció un endurecimiento en las penas de los delitos contra la propiedad, con el objetivo de disminuir la sensación de inseguridad en las personas.

“Con las modificaciones legales que se hicieron, la mayoría de los delitos contra la propiedad no tienen derecho, por ejemplo, a penas sustitutivas, porque las sanciones son tan altas, que no es posible cumplirlas en libertad. En el caso de los delitos más violentos, como robos, tienen penas de 5 años y 1 día hacia arriba. (…) Eso implica que la sanción sí o sí es efectiva, es decir, cárcel”, indica la abogada, Karina Ulloa.

Las sanciones en los delitos de hurto dependerán del valor de las especies hurtadas y se dividen en distintos tramos. En este contexto, las penas pueden variar entre una multa o sanciones privativas de libertad, más multa.
En una próxima edición de ¡Nadie está libre!, ahondaremos en otros ilícitos incluidos en los delitos contra la propiedad, como receptación y estafas.

Si usted quiere informarse más sobre alguno de estos temas o está interesado en contactarse con las abogadas Karina Ulloa o Fernanda Martínez, puede hacerlo al correo defensoraspuq@gmail.com o al teléfono +56935608522, número que han habilitado sin restricción horaria en casos urgentes por detención.

Advertisement

Copyright © Material periodístico propiedad de El Magallánico 2017 - 2023 Template 2017 Zox News Theme. Theme by MVP Themes, powered by WordPress.