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Magallanes

¡Nadie está libre!: El peligro de las fugas

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‘Mujer de extrema gravedad tras ser atropellada por conductor que se dio a la fuga’; ‘Conductor ebrio provocó daños en 4 vehículos e intentó darse a la fuga’; ‘Colisión con fuga en avenida España’.

Titulares como éstos son cada vez más comunes en Magallanes, donde poco a poco, comienzan a hacerse habituales conductas que podrían llevar al conductor a ir en contra de la ley.

Sobre todo, ya que, con la entrada en vigencia de la Ley Emilia (modificando la Ley de Tránsito) se han establecido nuevos delitos, que muchas veces son desconocidos para la comunidad.

Es el caso de quienes se dan a la fuga tras participar en un accidente de tránsito, ya que, si bien los involucrados pueden pensar que desapareciendo del lugar evitan su responsabilidad en lo ocurrido, por lo general suelen ser encontrado por las policías, y aunque pudieran no haber tenido culpa, con sólo fugarse podrían infringir la ley.

Como ejemplo, está el caso de una persona que, manejando en condiciones normales, atropelle a alguien que se atraviese de improviso frente al vehículo, sin alcanzar a reaccionar a tiempo.

“Si la persona que va manejando no está en estado de ebriedad, ¿cuándo podría arriesgar una sanción?: cuando no haga lo que social y legalmente se espera de cualquier conductor que se ve enfrentado a un accidente. O sea, si tengo un accidente y estoy bien, lo mínimo es ver que la persona atropellada también lo esté. Si tiene lesiones o si no responde. Lo básico en el fondo, es actuar de la forma más diligente posible”, explicó la abogada, Karina Ulloa.

Su colega, Fernanda Martínez, agregó que la norma exige preocuparse de la víctima. “Tengo que llamar a los Carabineros (o a bomberos o pedir ambulancia, si es necesario), porque la norma exige actuar de manera diligente. Por eso es delito cuando uno, teniendo un accidente con lesiones o daños, no da aviso a la autoridad competente, no se detiene, no presta auxilio a la víctima, y se va. Los requisitos para que se configure el delito de ‘No dar cuenta de accidente de tránsito’, son: no detener la marcha, no prestar auxilio a la víctima, y no dar cuenta a la autoridad”, puntualizó.

Daños

Lo mismo ocurre, por ejemplo, cuando al salir de un estacionamiento, un conductor daña otro vehículo o estructura (rayones, quiebre de vidrios o focos, etc). “Es mucho más común y más fácil de caer. Fue implementado en la Ley de Tránsito a propósito de la entrada en vigencia de la Ley Emilia, pero es distinto del delito de daños, que tiene sanciones y consecuencias distintas. Esto se refiere a los daños que uno genera cuando está conduciendo, sin hacerse cargo después. Por eso, las sanciones no son sólo de multa, sino que además implican suspensiones de licencia, y eso porque lo que se cuestiona es precisamente que el conductor no está actuando como se debe, luego de generar un daño mientras maneja un vehículo”, explicó Ulloa.

Por otra parte, las consecuencias de darse a la fuga, ante un accidente con características más graves, como si una persona resultó muerta o gravemente lesionada, lo trataremos en la próxima edición de ‘¡Nadie está libre!’.

Si usted quiere informarse más sobre alguno de estos temas o está interesado en contactarse con las abogadas Karina Ulloa o Fernanda Martínez, puede hacerlo al correo defensoraspuq@gmail.com o al teléfono +56935608522, número que han habilitado sin restricción horaria en casos urgentes por detención.

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