Magallanes
El paso de los años salvó de juicio a tío acusado de violación
Todo estaba listo la mañana de este miércoles (14 de marzo), para comenzar el juicio oral contra N.Y.S.V., de actuales 23 años, quien fue acusado por la Fiscalía como autor de violación en contra de sus dos sobrinos, en ese entonces de 4 y 6 años. Sin embargo, ocurridos supuestamente los hechos entre 2008 y 2009, cuando el imputado tenía 15 años, la defensa alegó que los delitos estarían prescritos, logrando que se sobreseyera la causa.
Muy técnica, desde el punto de vista legal, fue la audiencia desarrollada en el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, justo antes de que se iniciara el juicio oral. El defensor de menores, Richard Maldonado, expuso lo que se denomina un “incidente previo”, planteando que su representado estaría eximido de la persecución penal, dado que habrían pasado más de cinco años de ocurridos los hechos, es decir, estarían prescritos.
En términos simples, el profesional hizo saber a los jueces que, de ser cierto los cargos, estos habrían sucedido cuando su defendido era un adolescente de 15 años, y si bien los delitos de ésta gravedad prescriben a los 10 años, en el caso de los menores de 18 años, la responsabilidad se extingue con el paso de la mitad de ese tiempo, es decir, cinco años.
Por su parte, la fiscal Wendoline Acuña y la abogada querellante Martina Pradenas, plantearon que no se daría tal fenómeno jurídico, ya que, en materia de delitos sexuales, los plazos de prescripción corren sólo desde que las víctimas cumplen 18 años.
Cabe señalar que, según los hechos de la acusación, N.Y.S.V. habría cometido actos de evidente connotación sexual contra sus sobrinos, derechamente, habría accedido carnalmente a los niños en más de una oportunidad, e incluso, habría cometido los vejámenes contra el mayor de ellos mientras su hermano pequeño observaba.
Por lo anterior, la Fiscalía estaba solicitando dos penas de 5 años de cárcel, y es propio indicar que los hechos fueron judicializados recién el año pasado, cuando las víctimas dieron cuenta de lo que habían vivido.
Pese a lo anterior, y de acuerdo a los argumentos de Maldonado, los jueces encontraron asidero en sus fundamentos, y acogieron la prescripción, decretando el sobreseimiento del caso, es decir, eximieron de juicio al acusado, levantando también las medidas de protección que se habían ordenado en favor de las víctimas.
Tras la resuelto, tanto la Fiscalía como la parte querellante adelantaron que recurrirán ante la Corte de Apelaciones para intentar revertir la decisión, y llevar a juicio al acusado.